Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant).
El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) negó hoy que sea violatorio a la Constitución de la República y una discriminación a los envejecientes, las restricciones que se les imponen a las personas de 65 años en adelante para la renovación de la licencia de conducir.
Justificó que a los conductores de 65 años en adelante solo se les renueve la licencia por dos años, puesto que es una disposición prevista en el artículo 21 del decreto 6-19, firmado por el entonces presidente Danilo Medina, que dicta el Reglamento de Licencias de Conducir.
Justificó, además, la doble tributación que pagan los envejecientes de 65 años en adelante, tras negar que se les esté exigiendo un doble tributo.
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Sin embargo, en un ejercicio de simpe matemática te indica que a los citados envejecientes les están cobrando el doble, puesto que el precio por renovación es de mil 900 pesos por cuatro años y a ellos solo les renuevan por dos años por el mismo precio.
La medida constituye una violación al artículo 39 de la Constitución de la República, el cual expresa de manera textual: “todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, reciben la misma protección y trato de las instituciones, autoridades y demás personas y gozan de los mismos derechos, libertades y oportunidades, sin ninguna discriminación por razones de género, color, edad, discapacidad, nacionalidad, vínculos familiares, lengua, religión, opinión política o filosófica, condición social o personal”.
Al respecto, el Intrant dijo que el citado plazo de dos años de renovación a los envejecientes de 65 años en adelante, obedece a la aplicación de las disposiciones del reglamento antes indicado, tras señalar que entiende que la misma no constituyen una discriminación, ya que, aunque no está establecido en el reglamento, es natural que las personas después de los 65 años, suelen experimentar una serie de cambios físicos y cognitivos que pueden afectar su capacidad para conducir de manera segura, por lo que se precisaría de un mayor control a fin de garantizar la seguridad de la persona propiamente, así como del entorno.
En torno al cobro de los mil 900 pesos por dos años de renovación, declaró que los mismos responden a tarifas estándares establecidas y que coinciden con el monto fijado para todos los solicitantes, según la categoría de la licencia requerida, por lo que entiende que no se cobra un monto adicional por el hecho de tener dicha edad.
No obstante, el Intrant no observa que al final, los enevejecientes de 65 años en adelante pagan el doble, puesto que en cuatro años tienen que renovar la licencia dos veces por mil 900 pesos, mientras que los que renuevan por cuatro pagan el mismo precio.
“…con relación al cobro de este servicio, no existe montos extras, ni nada similar, que no sean los recargos que por vencimiento y no renovación en el tiempo, pudieran generarse, y que, en todo caso, están establecidos en la Ley Núm. 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana y su Reglamento de Licencias de conducir”, precisó el Intrant.